El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la sanción de un millón de euros impuesta por el Consejo de Ministros al Banco Santander.

España atraviesa un momento complicado en la relación entre la sociedad y los bancos. Como muestra de ello, las más de 500.000 firmas recogidas por Carlos San Juan en su petición de change.org para solicitar que las entidades financieras atiendan presencialmente a las personas que así lo necesiten.

Multa al Banco Santander

En medio de esta situación, en la que están implicados diferentes actores (Gobierno, bancos y personas mayores), el BOE ha publicado un documento en el que se hace efectiva la sanción de un millón de euros al Banco Santander por una infracción muy grave.

El motivo de la multa es que el banco popular incumplió la ley de blanqueo de capitales entre los años 2013 y 2015

Esta multa, que se acordó en un primer momento el 24 de mayo de 2019, no ha sido firme hasta que se ha ratificado por el Tribunal Supremo y el Consejo de Ministros. Entonces, la Secretaría de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias ha podido publicar la sanción por la que se obliga a pagar esa cantidad de dinero.

Entrada de una oficina del Banco Santander
Entrada de una oficina del Banco Santander. / © Jacob Carter. Shutterstock

Más concretamente, el Consejo de Ministros acordó imponer una multa de 1,056 millones de euros a la entidad absorbente de Banco Popular por «una comisión de una infracción muy grave, prevista y sancionada en el artículo 51.1. a) de la Ley 10/20210, de 28 de abril, y de conformidad con los artículos concordantes del Reglamento, aprobado por el Real Decreto 304/2014».

«Incumplimiento del deber de comunicación del artículo 18, cuando algún directivo o empleado del sujeto obligado hubiera puesto de manifiesto internamente la existencia de indicios o la certeza de que un hecho u operación estaba relacionado con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo»

Como hemos mencionado anteriormente, esta sanción interpuesta por el Consejo de Ministros a la entidad se debe a una infracción muy grave de blanqueo de capitales realizada entre los años 2013 y 2015 por el Banco Popular. Por tanto, este hecho se produjo antes de la integración de ambas entidades bancarias (2017).

Así lo afirma el servicio ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias a través de sus informes sobre este asunto que han sido los que ha utilizado el Consejo de Ministros para llevar a cabo la imposición de esta sanción económica.

Motivo de la sanción: «la oficina de prevención de blanqueo de capitales de Banco Popular no efectuó un examen especial de los hechos que se habían puesto en conocimiento y omitió comunicarlos al Sepblac (entidad que supervisa y previene el blanqueo de capitales en España)»

Durante estos años, hasta que ahora ya es firme la sentencia al Banco Santander, esta entidad ha interpuesto diferentes recursos para que no se le impusiese una sanción por conductas que llevó a cabo el antiguo Banco Popular, ya que considera que «no puede ser responsable de los hechos por los que se le sanciona ni pudo intervenir en ellos».

Pero todos los recursos presentados han sido desestimados, tanto por el Consejo de Ministros como por la Sección Tercera de las Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, y el Banco Santander deberá asumir el pago de 1,056 millones de euros por una infracción que cometió el Banco Popular entre 2013 y 2015.

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