
El Defensor del Pueblo no interpondrá el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Eutanasia que entra este viernes en vigor, contrariando las demandas de algunas asociaciones que representan al colectivo de la discapacidad.
Hoy entra en vigor la Ley de Eutanasia, publicada el pasado 25 de marzo. Desde que se conocieran los términos del texto legal han sido varias las voces que se han alzado en contra del lenguaje empleado en su redacción.
Desde entonces, diversas entidades representantes de personas con discapacidad solicitaron la interposición de un recurso contra esta ley por considerar que hace un «señalamiento» a las personas con discapacidad.
El Defensor del Pueblo se inhibe
«El rango constitucional de la institución y su carácter de Comisionado parlamentario parecen aconsejar por razones de neutralidad institucional, la inhibición del Defensor del Pueblo en los procedimientos constitucionales en que su intervención no resulte imprescindible para cumplir adecuadamente su función de garantía de los derechos constitucionales, ni para salvaguardar la adecuación constitucional del ordenamiento jurídico», afirma Fernández Marugán.

Ésta es la contundente respuesta del Defensor del Pueblo en funciones ante las solicitudes que había recibido la institución para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Eutanasia.
En su resolución Francisco Fernández Marugán argumenta que ha adoptado esta decisión basándose en la «neutralidad política e institucional que debe caracterizar su actuación».
El colectivo de la discapacidad: la ley vincula eutanasia con discapacidad
Una de las asociaciones más combativas ha sido el Comité español de representantes de personas con discapacidad (CERMI) que señala que el supuesto imposibilitante recogido en la ley «vincula el hecho eutanásico a unas características propias de las personas con discapacidad, especialmente de aquellas con grandes necesidades de apoyo, como la falta de autonomía, la dependencia absoluta o las limitaciones».
A juicio del Comité «la definición innecesariamente evoca y señala a las personas con una gran discapacidad o dependencia, estableciendo un vínculo entre discapacidad y eutanasia e identificando a las personas con discapacidad como potenciales usuarios».

Los solicitantes del recurso insisten en que la Ley de regulación de la eutanasia «fomenta la idea de que la vida de las personas con discapacidad posee un menor valor y advierten de que esto es contrario al artículo 10.1 de la Constitución, en el que se consagra la dignidad de la persona, así como la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad».
Fernández Marugán recuerda que la ley de eutanasia ya ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional, en concreto. han Tanto Vox como el PP han presentado sendos recursos, por tanto, asegura que no debe realizar un pronunciamiento al respecto.
Así las cosas, la institución ha decidido aguardar a la decisión del alto intérprete de la Constitución.