El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que entrará en vigor en marzo del 2022.
A principio del mes de diciembre, en Prensa Social les informábamos de que el Congreso de los Diputados había ratificado por unanimidad la nueva Ley de Tráfico con varias modificaciones. Unas semanas más tarde, tras la aprobación por parte del Senado, ha sido publicada en el BOE.
Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos
Nueva Ley de Tráfico: entrada en vigor
La mayoría de las modificaciones que recoge esta nueva Ley de Tráfico, que ha sido publicada en el BOE el 21 de diciembre de 2021, no entrarán en vigor hasta dentro de tres meses: el 21 de marzo de 2022. Salvo, según indica la propia Dirección General de Tráfico (DGT) a través de su perfil en Twitter, de aquellos artículos sobre el impago en telepeajes que ya están vigentes.
Personas con discapacidad
Una de las modificaciones más destacadas relativas a las personas con discapacidad es la sanción, hasta con la pérdida de tres puntos del carnet de conducir, a aquellos que estacionen en un aparcamiento reservado para personas con movilidad reducida (PMR) sin poseer el correspondiente certificado. Además, también facilitarán el tránsito por la acera de las personas de este colectivo al entrar en vigor la regulación de los patinetes, que tendrán prohibido circular por esta vía pública.
Nueva Ley de Tráfico: modificaciones más destacadas
La DGT también ha puesto el foco en una de las distracciones más comunes y peligrosas entre los conductores: el uso del móvil. «Cualquier acción de usar el móvil al volante pasa de descontar tres a seis puntos en el carné de conducir; se mantiene la multa económica de 200 euros», señala el documento. Igualmente, tendrá una multa de 200 euros y desde ahora cuatro puntos menos en el carnet (antes tres), el no uso o la mala utilización del cinturón de seguridad, el casco y los sistemas de retención infantil.
Con esta nueva normativa, arrojar objetos que puedan ser peligrosos, porque puedan causar un accidente o un incendio, pasa a considerarse una acción muy grave, lo que implica la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir y 500 euros de multa.
Por último, indicar que, tras estas modificaciones, existe la posibilidad de recuperar dos puntos del carnet de conducir realizando cursos de conducción segura. «Además, se unifica en dos años el tiempo que debe transcurrir para recuperar el saldo inicial de puntos, independientemente del tipo de multas recibidas», explica el documento.

























