Los trabajadores con un grado de discapacidad del 45% podrán jubilarse de forma anticipada

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El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 28 de marzo de 2023, en Madrid (España). El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, en segunda lectura, la Ley de Familias que equipara los derechos de las parejas de hecho a los de matrimonios, incluye un permiso retribuido de cinco días al año por cuidado de un familiar o conviviente y extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos. El anteproyecto de ley de Familias fue aprobado en primera lectura el pasado mes de diciembre, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Tras su aprobación este martes en segunda vuelta, se remitirá al Congreso de los Diputados donde se solicitará su tramitación por la vía de urgencia. Esta es la primera reunión del Consejo de Ministros de los recién designados ministros de Industria, Comercio y Turismo y de Sanidad, tras jurar su cargo en un acto en el Palacio de la Zarzuela. 28 MARZO 2023;NUEVO GOBIERNO;CONSEJO DE MINISTROS;MINISTROS;CONSEJO;LEY FAMILIAS;CINCO DIAS;CONVIVIENTE Eduardo Parra / Europa Press 28/3/2023

El Gobierno de España está ultimando un real decreto que flexibilizará y actualizará las condiciones en que los trabajadores con discapacidad igual o superior al 45% podrán acceder a la jubilación anticipada, según anunció José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La nueva norma permitirá «acumular distintas discapacidades con diferentes grados» para alcanzar el umbral del 45% exigido. Esto es debido a que el Gobierno quiere compensar a las personas con discapacidad cuya esperanza de vida originada por la discapacidad o la intensificación de los efectos del envejecimiento causados por esta razón es menor.

El texto “contemplará medidas muy importantes para facilitar y mejorar el acceso a la jubilación anticipada de las personas con discapacidad”, destacó Escrivá.

Se reduce el periodo necesario de cotización de 15 a 5 años desde el momento en que se produce el diagnóstico de discapacidad, y agregó que «vamos a simplificar muchísimo el procedimiento de incorporación de patologías que habilitan» a las personas para solicitar esta posibilidad.

Mediante este real decreto, el Gobierno atiende de forma parcial una antigua demanda del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), que reclamaba revisar las condiciones de acceso a la jubilación anticipada de trabajadores con una discapacidad del 45% o superior porque durante la aplicación de la normativa ahora en vigor se presentaron «problemas y restricciones» que han dejado fuera a determinadas personas.

La actualización del régimen de jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad estaba contemplada en la última renovación del Pacto de Toledo que las Cortes Generales aprobaron el pasado año, donde había una recomendación específica sobre protección social, Seguridad Social y personas con discapacidad que recogía este aspecto de flexibilización atendiendo así a una petición que el Cermi hizo al Parlamento.

1 COMENTARIO

  1. Me alegra mucho la noticia, pero para cuándo la reforma del otro Real Decreto sobre jubilación anticipada por discapacidad? El RD 1539/2003? Tengo reconocida un 65% y yo sólo me puedo beneficiar de este. Pero parece que nadie se ha dado cuenta que con el establecimiento definitico de la edad ordinaria de jubilación en 67 años las personas como yo hemos perdido casi 2 años de anticipación respecto antes cuando la referencia era 65 años, y aún aparece en ese RD. Estoy por escribir a defensor del pueblo, ya que hay una pérdida o marcha atrás en ese derecho.

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