El Ayuntamiento de Málaga, a través de la Junta de Gobierno, anunció la aprobación de la convocatoria a la concesión de tarjetas bus por valor de 49.495 euros.
El Ayuntamiento de Málaga, a través de la Junta de Gobierno, ha anunciado la aprobación de la convocatoria específica de subvenciones para la concesión de tarjetas bus para las personas con discapacidad de la ciudad andaluza.
El Ayuntamiento de Málaga destinará casi 50.000 euros a la concesión de tarjetas de autobús para personas con discapacidad
El objetivo de dichas ayudas, que ascienden a 49.495 euros, es «la coordinación y desarrollo de las actuaciones necesarias para la promoción y bonificación del transporte urbano para fomentar el uso de transporte público en las personas con discapacidad», indican desde el Consistorio.

Requisitos para solicitar la tarjeta de transporte en Málaga
De este modo, «podrán solicitar esta tarjeta de transporte las personas empadronadas en Málaga que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, que no sean beneficiarias de ayudas para el mismo fin por otra entidad pública y que tengan una renta personal mensual igual o inferior a 800 euros», informan.
«Un límite de cien viajes como máximo y un uso personal e intransferible»
Asimismo, «podrá solicitarse renovación de la misma hasta alcanzar un límite de 100 viajes; siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita. La utilización de este título de transporte es personal e intransferible», explican.
Las líneas del aeropuerto y de la feria de Málaga, excluidas
«Las personas beneficiarias deberán tramitar la expedición de la tarjeta en la oficina de la EMT situada en la Alameda Principal nº47. Estas tienen la posibilidad de realizar 25 viajes en todas las líneas de la EMT, salvo en las del aeropuerto y feria», añaden.
¿Dónde y cuando debo presentar la solicitud?
Las solicitudes, podrán presentarse, de manera preferente, «en el correo electrónico accesibilidad@málaga.eu o a través de cualquiera de los medios establecidos por la normativa vigente, en 20 días hábiles tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o el Tablón de Edictos Municipal», concluyen.

























