La Justicia de Canarias suspende la exigencia de mostrar el Pasaporte Covid en la hostelería y locales de ocio, aunque sólo de manera temporal.

La decisión de algunas comunidades autónomas de exigir a los clientes mostrar el Pasaporte Covid para entrar en establecimientos de hostelería, restauración y ocio ha estado siempre rodeada de controversia, y ahora, en Canarias, se ha llevado un azote judicial.

La legislación, la espada con la que la Justicia contiene el Pasaporte Covid en interiores

Y es que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias suspendió ayer jueves la medida impuesta por el Ejecutivo insular de reclamar el certificado digital europeo de inmunización o alguna prueba diagnóstica para acceder a bares, restaurantes y otros espacios públicos cerrados como gimnasios, si bien lo suspendió de forma cautelar.

Para su decisión, la Sala del TSJC ha tomado como suyos los argumentos de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, así como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, los cuales consideran que los «datos relativos a la salud están comprendidos dentro del derecho a la intimidad».

La medida lleva días establecida en Canarias tras la imposición del Ejecutivo regional, prevista a aplicarse en las islas que se encuentren en nivel 4 (actualmente Tenerife, únicamente) y presta a exigir, también, que el 50% del aforo en el interior de los establecimientos esté ocupado o bien por clientes vacunados con la pauta completa, o por personas con una prueba diagnóstica de infección activa realizada en las últimas 72 horas o por comensales con una certificación de haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses.

Los efectos de un reclamo

La norma fue recurrida por una asociación de empresarios, y ahora la Justicia canarias les ha dado la razón, por lo que, de manera provisional, el Pasaporte Covid, las pruebas de PCR y test de antígenos negativo y la certificación de haber pasado la enfermedad seis meses atrás, como máximo, ya no es necesaria ni legal. En otras palabras, que los canarios de Tenerife vuelven a poder entrar en la hostelería y el ocio con total libertad.

Opiniones divididas

Galicia es la única comunidad autónoma que comparte la exigencia del Pasaporte Covid en bares con Canarias, tras haberla impuesto desde el pasado 24 de julio en algunos de sus municipios. Puede que Cantabria la haga vigente pronto, quizá, a la vista de que el Gobierno regional ha pedido informes para implementarlo.

En el camino de los indecisos están Andalucía, Aragón y Castilla-La Mancha, que, aunque ven con buenos ojos esta iniciativa, no han dado el paso aún de aplicarla, siendo que la comunidad manchega, sin llegar a descartarla del todo, ha señalado que sólo se avendría a hacerla vigente con un respaldo a nivel nacional. Comunidades como Cataluña, Madrid o la Comunitat Valenciana, en cambio, ya se han posicionado en contra de usar el Pasaporte Covid de la UE, de momento.

El Supremo canario podría responder con doctrinas, tal y como hiciera anteriormente con los toques de queda sin estado de alarma, si el Ejecutivo canario recurriera en casación exprés ante el alto tribunal a la decisión de su Superior de no avalar el uso del Pasaporte Covid como salvoconducto en los bares.

Desde el Ministerio rechazan la norma

El Ministerio de Sanidad, por su parte, anunció el pasado miércoles 27 que, por el momento, no tiene intención de consentir que al Pasaporte Covid se le dé otro uso diferente al pensado y aprobado por la Unión Europea, es decir, el de facilitar los desplazamientos de la población vacunada.

De hecho, los servicios jurídicos del Estado han entendido esta imposición desde el inicio como una acción que no iba a pasar el «filtro del constitucional», sin previa reforma de la legislación actualmente vigente.

A juicio de muchos de estos jurídicos, la exigencia del Pasaporte Covid a las puertas de un restaurante, bar u otro local de ocio es un medio para limitar derechos fundamentales, como una falta de garantía de confidencialidad que podría violar el derecho a la intimidad, y como un método inconstitucional para hacer criba en una población que no cuenta con el cien por cien de sus números ya inmunizados o a los que se les ha dado opción a vacunarse.

Sin olvidar además, la posible ilegalidad que supondría establecer una ‘pena de facto’ a una conducta que no está penalizada en la legislación actual, como lo es el negarse a ser inoculado.

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