En esta publicación descubrirá las principales personas afectadas por los nuevos cambios para la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021.

Como cada año, la Agencia Tributaria informa de las fechas de apertura para llevar a cabo la realización de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio del año anterior. En esta ocasión, para el del 2021, las gestiones online podrán realizarse desde el 6 de abril de 2022, las telefónicas a partir del 5 de mayo y las presenciales desde el 1 de junio.

El plazo finaliza el 27 de junio de 2022 para aquellos que tengan un resultado a su favor (a devolver), y el 30 de junio como cierre general

Renta 2021: principales novedades

Ante esta publicación de las fechas, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha querido recoger en un artículo las principales novedades fiscales que deberá tener en cuenta a la hora de hacer la declaración de la renta correspondiente al pasado ejercicio 2021.

Renta 2021: ¿conoce las novedades fiscales?
Una persona utiliza una calculadora para conocer cuánto tendrá que pagar en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021. / © Olia Danilevich. Pexels

En el documento avisan que hay tres cambios sustanciales con respecto a años anteriores, todos ellos resumidos en que sube el Impuesto sobre las Rentas para Personas Físicas (IRPF). Este incremento afecta, principalmente, a las personas con ingresos altos y para aquellas que tengan planes de pensiones.

Más impuestos a las rentas altas

Uno de los colectivos más perjudicados a la hora de llevar a cabo la declaración de la renta de 2021 van a ser aquellas personas con una base de más de 300.000 euros. Hasta el 2020, la escala estatal que se aplicaba a la base liquidable general tenía cinco tramos y, desde el 2021, tiene uno más.

las personas con una base de más de 300.000 euros tributarán al 24,50 por ciento

Por tanto, estas personas tendrán que tributar al 24,50 por ciento en vez del 22,50 por ciento como hasta ahora en la renta general (ahí entran los salarios, los rendimientos de la actividad empresarial y profesional, las rentas del alquiler, los premios e indemnizaciones).

Nuevo tramo para las rentas de ahorro

Otra de las principales modificaciones para el ejercicio de 2021 será la tributación de las rentas de ahorro. Este concepto se refiere a las ganancias reales que se puedan tener con la venta de bienes y aquellas que se imputan al donante aunque no reciba nada, al donar bienes que acumulen ganancias. Además, hay que recordar que también son rentas del ahorro los intereses de cuentas y depósitos, lo sacado al vender obligaciones y bonos, o lo cobrado de seguros de vida.

las rentas de ahorro de más de 200.000 euros tributarán al 26 por ciento

Para 2021 se ha añadido un tramo de tributación a los existentes hasta ahora en la base liquidable del ahorro. Por tanto, las personas que tenga una renta de ahorro de más de 200.000 euros tributarán un 26 por ciento. Mientras que, en 2020, los primeros 6.000 euros pagaban un 19 por ciento; las cantidades siguientes, entre 6.000,01 y 50.000 euros, un 21 por ciento; y por encima de esa cifra pagaban un 23 por ciento.

Planes de pensiones

La tercera de las modificaciones más destacadas es la que afecta a los planes de pensiones. Hasta la declaración de la renta de este año, podía aportar una cantidad a determinados productos para deducírsela a continuación de tus rentas sujetas a IRPF, sin superar unos límites: o bien el 30 por ciento de tus rentas del trabajo o bien 8.000 euros. 

Para el 2021, sus aportaciones personales a planes de pensiones no podrán superar los 2.000 euros, aunque sus planes de empresa hayan podido recibir hasta 8.000 euros de aportaciones empresariales

Además, hay que mencionar que, con las nuevas medidas fiscales, como mucho y entre ambas fuentes, puede sumar una aportación de 10.000 euros. De igual forma, recordar que puede aportar al plan de su cónyuge y deducirse por ello, siempre que tenga unos ingresos pequeños: la aportación máxima se ha reducido a 1.000 euros al año.

Por último, indicar que para los seguros privados de dependencia, que puede pagar para usted mismo o para otros, la aportación con derecho a ventaja pasó de 8.000 a 2.000 euros, sumando las aportaciones de todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las de este.

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