El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) modifica el día de pago de prestaciones. El subsidio por desempleo y los ERTES, implicados en la decisión.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) vuelve a ser noticia. Tras introducir cambios en el 2022, «dirigidos a personas, empresas y emprendedores y autónomos para informar sobre prestaciones, empleo y formación para el empleo» y en una complicada situación económica, circunstancia que ha llevado al Gobierno a implantar un paquete de ayudas y medidas en materia económica, ahora dicho servicio anuncia otra novedad.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) modifica el día de pago de prestaciones. El subsidio por desempleo y los ERTES, implicados en la decisión
Así, el anteriormente mencionado Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) modifica el día de pago de prestaciones. El subsidio por desempleo y los ERTES, implicados en una decisión que repercutirá en el contribuyente, pendiente más que nunca de la fecha en la que percibirá la subvención correspondiente.

¿Qué día percibiré mi prestación por parte del SEPE?
En este sentido, el portal de empleo ha anunciado que «el pago de las prestaciones por parte del SEPE se produce del día 10 al 15 de cada mes. Debido a la urgencia social provocada por la pandemia se llegó a un acuerdo con las entidades bancarias para adelantar el pago a la primera semana de mes».
«El pago de las prestaciones por parte del SEPE se produce del día 10 al 15 de cada mes. Debido a la urgencia social provocada por la pandemia se llegó a un acuerdo con las entidades bancarias para adelantar el pago a la primera semana de mes»
SEPE
Importante solicitar la prórroga de la prestación
Asimismo, el SEPE recuerda la importancia de solicitar la prórroga del subsidio dentro de plazo marcado. No hacerlo, supondría «la pérdida irremediable de ciertas cantidades del subsidio que no le serán reembolsadas al solicitante en cuestión. De este modo, todas las solicitudes que tengan lugar más tarde de ese plazo generarán el derecho al cobro de la prestación a partir del día de la solicitud y no desde la fecha de vencimiento», informan.