Usted puede cobrar una pensión aunque no haya trabajado y no lo sabe

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© CNN.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social le pagará una prestación económica aunque no haya trabajado antes. Esta pensión en favor de los familiares (así es su nombre), tiene como objetivo proteger de las necesidades económicas derivadas de la muerte del cabeza de familia.

Si los familiares alegan haber convivido con sus padres (o la persona difunta) antes de su fallecimiento, al menos dos años, y si además justificaran que no disponen de ingreso alguno y por tanto fueran dependientes económicamente, entonces cobrarían esta pensión.

No se podrá cobrar en ningún caso si están cobrando otra ayuda pública o subsidio. y en cualquier caso deben justificar que no disponen de medios de subsistencia

Para cobrar dicha prestación es necesario acreditar el periodo de cotización exigido que variará en función de la situación laboral del fallecido y también de la causa de su muerte. Si esta persona estaba en situación de alta tendrá que haber cotizado al menos 500 días en un período ininterrumpido de cinco años previos al fallecimiento o bien, 15 años a lo largo de su vida laboral.

En el caso de ser pensionista o bien si la persona ha fallecido a causa de un accidente laboral, no es necesario acreditar el periodo de cotización.

Podrán acceder a ella: nietos, hermanos, hijos, madre, abuela, padre o abuelo del pensionista por jubilación o por incapacidad permanente.

La pensión mínima actualmente es de 239 euros mensuales, esto es: 3.346 euros anuales repartidos en catorce pagas.

Si no existiera cónyuge beneficiario ni tiene hijos con derecho a pensión, la cuantía ascendería a 578 euros al mes: esto es, 8.092 euros anuales. En el caso de tener más de 65 años, sería de 545 euros al mes, esto es: 7.630 euros anuales.

En el caso de ser receptor de esa pensión debe saber que tiene que solicitarla y se le abonaría mensualmente con dos pagas extraordinarias en junio y noviembre, salvo en las pensiones de accidente de trabajo y/o enfermedad profesional, que se cobran por mensualidades.

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