Adquirir una vivienda en común es una de las opciones por antonomasia entre las parejas. Sin embargo, existen ciertos matices en las cláusulas matrimoniales.
¿Quién no ha pensado en irse a vivir con su pareja? Este paso en la relación suele ser habitual. Más rápido o menos, eso depende de los contrayentes, se trata de una decisión conjunta que generalmente viene cargada de ilusiones y supone un paso más a la hora de afianzar una unión que puede acabar en matrimonio.
Adquirir una vivienda en común es una de las opciones por antonomasia entre las parejas. Sin embargo, existen ciertos matices en las cláusulas matrimoniales
Una vez dado este paso, y a la hora de encontrar un lugar donde vivir en compañía, es importante conocer las cláusulas matrimoniales existentes; es decir, el acuerdo al que hayan llegado los cónyuges respecto a sus bienes y/o propiedades que cuenta con un respaldo legal.

A nivel legal, existen unas normas encargadas de regular la economía del matrimonio
¿Puedo comprar una vivienda de forma individual sin mi pareja?
En el caso de que lo establecido sea el de un regimen de sociedad de gananciales, donde con carácter general tanto los bienes que se adquieran como las deudas que se generen durante el matrimonio son comunes entre ambos individuos, sí es posible adquirir una vivienda en solitario; ya que se entiende que dicha compra se realiza en beneficio de la pareja, como un bien positivo y no como una deuda o negativo. Así que si pretende darle una sorpresa a su pareja, esta puede ser una buena opción.
Es posible adquirir una vivienda en solitario; ya que se entiende que dicha compra se realiza en beneficio de la pareja, como un bien positivo