El Imserso ha dispuesto una opción para los jubilados que no puedan pagar el alquiler sobre todo para pensionistas que reciban las pensiones no contributivas.
Estas ayudas, que se dan a personas que no cotizaron lo suficiente para disponer de una modalidad contributiva tendrán ahora una cuantía importante.
Para ello el Imserso recoge en el Real Decreto Ley 1191/2012 los siguientes requisitos:
Cobrar una pensión de jubilación o invalidez que se no contributiva.
No disponer de vivienda en propiedad.
Ser titular de un contrato de alquiler.
No tener relación conyugal con el arrendador ni parentesco de tercer grado.
Tener la vivienda alquilada para su uso pero esa vivienda debe haber sido su domicilio en los 180 días antes de la solicitud.
En el caso de vivir dos personas en semejantes circunstancias, solo se beneficiará a una, la titular del contrato.
Deberán aportar:
- Certificado catastral telemático para demostrar que no hay casa en propiedad.
- Fotocopia del contrato de arrendamiento.
- Certificado de empadronamiento.
- Declaración del pensionistas asegurando que la vivienda no es de ningún familiar de hasta tercer grado.
El plazo de presentación se extiende hasta final de año, el 31 de diciembre. La solicitud se puede realizar tanto por vía telemática como presencial.
Es necesario rellenar una solicitud previa que variará dependiendo de la comunidad autónoma del interesado. Hay una solicitud para los residentes en Ceuta y Melilla y otra para el resto de comunidades autónomas.
Así, los jubilados que estén cobrando una pensión no contributiva de jubilación o invalidez podrán tener más tranquilidad a la hora de pagar el alquiler con esta ayuda de 525 euros del Imserso.