El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cita los criterios exigidos para dotar de una pensión a personas con un determinado grado de discapacidad.
La discapacidad está a la orden del día. En un mundo donde millones de personas la tienen, existen una serie de interrogantes al respecto que conviene resolver. Uno de ellos es la opción de los mismos de poder acceder a una prestación. Una decisión que en España está en manos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cita los criterios exigidos para dotar de una pensión a personas con un determinado grado de discapacidad
De esta manera, es el propio organismo el que establece los criterios necesarios para dotar a aquellas personas que los cumplan de una pensión. Recién estrenado el año 2022, conviene recordar dichos requisitos ante el creciente número de personas con discapacidad en nuestro país.

Criterios para la concesión de una pensión a una persona con discapacidad según el INSS
Éstas son las principales condiciones que una persona con discapacidad ha de cumplir si quiere solicitar una pensión:
-Poseer un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
-Encontrarse entre los 18 y los 64 años de edad en el momento de la solicitud.
-Residir de forma legal en España durante al menos cinco años en total, siendo dos de los mismos inmediatamente anteriores a la petición.
-Acreditar un requisito de carencia en cuanto a la renta y el patrimonio económico se refiere.
Una pensión no contributiva y no vinculante con el trabajo durante cuatro años
Una vez cumplidas estas peticiones, la persona en cuestión puede solicitar esta prestación no contributiva, que puede verse incrementada hasta en un 50% si el grado de discapacidad de la persona alcanza o supera el 75%. Lo mismo ocurre si dicha persona necesita la ayuda de terceros para desempeñar las actividades básicas a diario.
Asimismo, el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social explica que «las personas que perciben una pensión por discapacidad igual o superior al 65% pueden compatibilizar el ingreso de esta prestación con una actividad laboral durante cuatro años. Si bien, el importe de ambos ingresos no podrá ser superior a una cuantía delimitada», fijada en 12.418 € en el recientemente finalizado año 2021.